Promoción Forestal Provincial

PROVINCIA DE FORMOSA
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y AMBIENTE
DIRECCION DE PRODUCCION SUSTENTABLE
RÉGIMEN PROVINCIAL DE PROMOCIÓN FORESTAL
Reglamento para Anticipo de Apoyo Económico a la Actividad de Forestación-Complementario de la Ley Nacional Nº 26.432 modificatoria de la Ley Nacional Nº 25.080
CAMPAÑA 2015

Destino: Financiar forestaciones en sus diferentes modalidades (Plantación en Macizo, Enriquecimiento y Cortinas), como también actividades silvícolas (Podas y Raleo).

Beneficiarios: Podrán acceder al crédito, aquellos productores inscriptos en el Régimen de Promoción Forestal  Ley Nacional Nº 25.080, modificada por la Ley Nacional Nº 26.432, campaña 2015.

Requisitos: Los interesados deberán presentar –ante la Mesa de Entradas y Salidas de La Dirección de Producción Sustentable, por duplicado (original y copia en carpeta espiral), la siguiente documentación:
a)      Personas Físicas:
-       Solicitud de inscripción para acogerse a los beneficios de la Ley Nacional Nº 25.080
-       Solicitud del crédito al Fondo para el Financiamiento de la Actividad Productiva (FFAP).
-       Fotocopia del D.N.I. titular  y de su cónyuge (concubina, etc)
-       Fotocopia CUIT/CUIL del solicitante
-       Fotocopia de inscripción en AFIP y DGR.
-       Certificado de Cumplimiento Fiscal
-       Documentación que acredite la tenencia de la tierra, en caso de arrendatario contrato de arrendamiento con una duración mínima de 20 años, si fuera titular de la tierra, fotocopia del título de propiedad y fotocopia D.N.I del propietario. Las firmas deberán estar certificadas por juez de paz o escribano.
-       En caso de cambio de titularidad del emprendimiento y/o de técnico, luego de ser suscripto el presente Reglamento, el titular y/o técnico firmará al pie de éste, notificándose de su contenido, debiendo presentar ante la Mesa de Entradas y Salidas de la D.P.S, dentro de los treinta (30) días de realizado el cambio, el Anexo VIII de la Resolución MAGyP Nº 33/13 debidamente conformado.
-       En caso que la superficie de plantación en sus distintas modalidades sea superior a las 10 ha deberá contar con el aval técnico de un Profesional Responsable (Ingeniero Forestal o Agrónomo), debiéndose poseer para el caso de Plantación en macizo y en cortinas un Plan de Cambio de Uso de Suelo (PCUS) aprobado y para el caso de Enriquecimiento de Bosque nativo un Plan de manejo Forestal Sustentable (PMFS) aprobado por la autoridad competente.
-       Certificado de domicilio expedido por la Policía de la Provincia de Formosa y/o Información Sumaria expedida por Juzgado de Paz. En el supuesto caso en el que el productor tenga su domicilio en una zona rural que dificulte su ubicación a los efectos de una futura notificación, deberá, de manera ineludible, constituir domicilio dentro del ejido urbano más cercano, debiendo adjuntar en dicho caso, el certificado expedido por la Policía de la Provincia de Formosa y/o información sumaria expedida por Juzgado de Paz del domicilio constituido en la localidad más cercana.

b)      Persona Jurídica:
-       Si los solicitantes son personas jurídicas (S.R.L., S.A. etc) deberán presentar contrato social inscripto en personas jurídicas y acta de designación de autoridades. En caso de “apoderados” deberá presentar copia del poder.
-       Último balance, cerrado y aprobado; inscripciones en AFIP y DGR.
-       Constancia de domicilio – declarar un domicilio postal de alguna localidad al que se dirigirán todo tipo de comunicación y/o notificación; teléfono fijo o celular de contacto.


Superficie: La Superficie Máxima a financiar será de hasta 20 ha. para las actividades de plantación en sus distintas modalidades y actividades silvícolas  y estará destinada a productores que:
-       Hayan cancelado DEUDAS de asistencia crediticia anterior a la presente campaña o tengan al día el plan de pago, además que no tengan deudas en gestión judicial, o en mora en otras líneas de crédito.

Montos:  
Los montos a financiar por ha de actividad (plantación, poda, raleo), se desembolsarán en una etapa y serán en pesos según el siguiente detalle:

Actividad
Anticipo crediticio ($/ha)
Plantación en Macizo
3.500
Enriquecimiento
2.800
Cortinas
3.500
Poda
600
Raleo
600

Verificación
En caso que el Ministerio de la Producción y Ambiente considere necesario dispondrá de técnicos del Área, los que realizarán auditorías técnicas tendientes a evaluar la ejecución del proyecto.

Instrumentación
Contrato de préstamo y pagaré a la vista a sola firma por el importe del desembolso del crédito más los intereses devengados a la fecha.

Garantía: Cesión de derechos por monto de la deuda (Capital, interés y gastos) a favor del FON.FI.PRO del Apoyo Económico no Reintegrable instituido por la ley n° 25.080

Interés
El préstamo devengará  una tasa de interés fija del 12% nominal anual vencida.
sobre el capital adeudado calculado desde el desembolso hasta la fecha en que el beneficiario presente el “Certificado de Obra para Plantación y Actividades Silvícolas Realizadas” (Anexo  V  de  la  Resolución  N°  33/13 –MAGyP- o el que haga sus veces).

Vencimiento
La devolución del Crédito se realizará una vez que El Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación (MAGyP) le haga efectivo el pago de los beneficios que otorga la Ley 25.080 y reglamentaciones que de la misma emanan. Transcurrido un año del desembolso, se dará por vencida la obligación si el productor no presenta el “Certificado de Obra para Plantación y Actividades Silvícolas Realizadas”, pudiendo el FONFIPRO exigir la cancelación  del préstamo.

Amortización
El préstamo será amortizado, en un pago de acuerdo a lo expuesto en el ítem anterior. Los intereses serán abonados coincidentemente con la amortización del capital,  


Mora: La mora se producirá en forma automática por el solo vencimiento de los plazos sin necesidad de intimación ni comunicación previa alguna. Durante el período de atraso se aplicarán intereses compensatorios con una tasa del 10% nominal anual, más un interés punitorio equivalente al 50 % de dicho interés compensatorio.
La operatoria:
1.       El Programa Forestal remitirá a través del FFAP al FONDO FIDUCIARIO PROVINCIAL (FONFIPRO)  la siguiente documentación:
a)      Solicitud de Crédito (original) debidamente integrada y suscripta por el productor, asesor técnico y la aprobación del FFAP acompañada de toda la documentación detallada en el “Ítem Requisitos”.

b)       Dicha documentación se remitirá adjunta a un listado en dos copias que contendrá los siguientes datos: Apellido y nombre o razón social del productor; tipo y número de documento de identidad o número de CUIT/CUIL en caso de personas jurídicas e importe del crédito.

c)       El FONFIPRO recibirá la documentación mencionada y devolverá conformado el duplicado del listado de productores para archivo y control del Programa Forestal Provincial.

Liquidaciones
1.       El FONFIPRO una vez recibida la documentación, instrumentará la Cesión de derechos a favor del FONFIPRO y  efectuará las liquidaciones indicadas en las respectivas solicitudes y procederá a su pago.
Detalle de Costos para Plantación

LABOR
MONTO ($/ha)
PREPARACIÓN DE SUELOS

Rastra de disco-1era
460
Rastra de disco- 2da
385
Subsolador
825
Desmalezadora
315
Riego (1 jornal)
145
SUBTOTAL
2.130
PLANTACIÓN

Insumos
470
Mano de Obra (0,6 ha/dia/persona)
350
Tractorista (1 jornal/2 ha) 
200
Profesional técnico
350
SUBTOTAL
1.370
TOTAL
3.500

Plazo: El mismo se calculará hasta la fecha en que el beneficiario presente el “Certificado de Obra para Plantación y Actividades Silvícolas Realizadas”

Instrumentación: Contrato de préstamo y pagaré a la vista a sola firma.

Superficie: Entre 10 ha  y 20 ha.