PROVINCIA DE FORMOSA
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y
AMBIENTE
DIRECCION DE PRODUCCION SUSTENTABLE
RÉGIMEN PROVINCIAL DE
PROMOCIÓN FORESTAL
Reglamento para Anticipo de
Apoyo Económico a la
Actividad de Forestación-Complementario de la Ley Nacional Nº
26.432 modificatoria de la
Ley Nacional Nº 25.080
CAMPAÑA
2015
Destino: Financiar forestaciones en sus diferentes
modalidades (Plantación en Macizo, Enriquecimiento y Cortinas), como también
actividades silvícolas (Podas y Raleo).
Beneficiarios:
Podrán acceder al crédito,
aquellos productores inscriptos en el
Régimen de Promoción Forestal Ley Nacional
Nº 25.080, modificada por la
Ley Nacional Nº 26.432, campaña 2015.
Requisitos: Los
interesados deberán presentar –ante la
Mesa de Entradas y Salidas de La Dirección de Producción
Sustentable, por duplicado (original y copia en carpeta espiral), la siguiente
documentación:
a) Personas
Físicas:
-
Solicitud
de inscripción para acogerse a los beneficios de la Ley Nacional Nº
25.080
-
Solicitud
del crédito al Fondo para el Financiamiento de la Actividad Productiva
(FFAP).
-
Fotocopia
del D.N.I. titular y de su cónyuge
(concubina, etc)
-
Fotocopia
CUIT/CUIL del solicitante
-
Fotocopia
de inscripción en AFIP y DGR.
-
Certificado
de Cumplimiento Fiscal
-
Documentación
que acredite la tenencia de la tierra, en caso de arrendatario contrato de
arrendamiento con una duración mínima de 20 años, si fuera titular de la tierra,
fotocopia del título de propiedad y fotocopia D.N.I del propietario. Las firmas
deberán estar certificadas por juez de paz o escribano.
-
En caso de cambio de titularidad del
emprendimiento y/o de técnico, luego de ser suscripto el presente Reglamento,
el titular y/o técnico firmará al pie de éste, notificándose de su contenido,
debiendo presentar ante la Mesa
de Entradas y Salidas de la D.P .S,
dentro de los treinta (30) días de realizado el cambio, el Anexo VIII de la Resolución MAGyP
Nº 33/13 debidamente conformado.
-
En caso que la superficie de
plantación en sus distintas modalidades sea superior a las 10 ha deberá contar con el
aval técnico de un Profesional Responsable (Ingeniero Forestal o Agrónomo),
debiéndose poseer para el caso de Plantación en macizo y en cortinas un Plan de
Cambio de Uso de Suelo (PCUS) aprobado y para el caso de Enriquecimiento de
Bosque nativo un Plan de manejo Forestal Sustentable (PMFS) aprobado por la
autoridad competente.
-
Certificado de domicilio expedido
por la Policía
de la Provincia
de Formosa y/o Información Sumaria expedida por Juzgado de Paz. En el supuesto
caso en el que el productor tenga su domicilio en una zona rural que dificulte
su ubicación a los efectos de una futura notificación, deberá, de manera
ineludible, constituir domicilio dentro del ejido urbano más cercano, debiendo
adjuntar en dicho caso, el certificado expedido por la Policía de la Provincia de Formosa y/o
información sumaria expedida por Juzgado de Paz del domicilio constituido en la
localidad más cercana.
b) Persona
Jurídica:
-
Si los
solicitantes son personas jurídicas (S.R.L., S.A. etc) deberán presentar
contrato social inscripto en personas jurídicas y acta de designación de
autoridades. En caso de “apoderados” deberá presentar copia del poder.
-
Último
balance, cerrado y aprobado; inscripciones en AFIP y DGR.
-
Constancia
de domicilio – declarar un domicilio postal de alguna localidad al que se
dirigirán todo tipo de comunicación y/o notificación; teléfono fijo o celular
de contacto.
Superficie: La
Superficie Máxima a
financiar será de hasta 20 ha .
para las actividades de plantación en sus distintas modalidades y actividades
silvícolas y estará destinada a
productores que:
-
Hayan
cancelado DEUDAS de asistencia crediticia anterior a la presente campaña o
tengan al día el plan de pago, además que no tengan deudas en gestión judicial,
o en mora en otras líneas de crédito.
Montos:
Los montos a financiar por ha de actividad
(plantación, poda, raleo), se desembolsarán en una etapa y serán en pesos según
el siguiente detalle:
Actividad
|
Anticipo
crediticio ($/ha)
|
Plantación en Macizo
|
3.500
|
Enriquecimiento
|
2.800
|
Cortinas
|
3.500
|
Poda
|
600
|
Raleo
|
600
|
Verificación
En caso que el Ministerio de la Producción y Ambiente
considere necesario dispondrá de técnicos del Área, los que realizarán
auditorías técnicas tendientes a evaluar la ejecución del proyecto.
Instrumentación
Contrato de préstamo y pagaré a la vista a sola
firma por el importe del desembolso del crédito más los intereses devengados a
la fecha.
Garantía: Cesión de derechos por monto de la deuda (Capital,
interés y gastos) a favor del FON.FI.PRO del Apoyo Económico no Reintegrable
instituido por la ley n° 25.080
Interés
El préstamo devengará una tasa de interés fija del 12% nominal anual
vencida.
sobre el capital adeudado calculado desde el
desembolso hasta la fecha en que el beneficiario presente el “Certificado
de Obra para Plantación y Actividades Silvícolas Realizadas” (Anexo
V de la Resolución N ° 33/13 –MAGyP- o el que haga sus veces).
Vencimiento
La devolución del
Crédito se realizará una vez que El Ministerio de Agricultura, Ganadería y
Pesca de la Nación
(MAGyP) le haga efectivo el pago
de los beneficios que otorga la
Ley 25.080 y reglamentaciones que de la misma emanan.
Transcurrido un año del desembolso, se dará por vencida la obligación si el
productor no presenta el “Certificado de Obra para Plantación y Actividades
Silvícolas Realizadas”, pudiendo el FONFIPRO exigir la cancelación del préstamo.
Amortización
El préstamo será amortizado, en un pago de
acuerdo a lo expuesto en el ítem anterior. Los intereses serán abonados
coincidentemente con la amortización del capital,
Mora: La
mora se producirá en forma automática por el solo vencimiento de los plazos sin
necesidad de intimación ni comunicación previa alguna. Durante el período de
atraso se aplicarán intereses compensatorios con una tasa del 10% nominal
anual, más un interés punitorio equivalente al 50 % de dicho interés
compensatorio.
La operatoria:
1.
El
Programa Forestal remitirá a través del FFAP al FONDO FIDUCIARIO PROVINCIAL
(FONFIPRO) la siguiente documentación:
a)
Solicitud de Crédito (original) debidamente integrada y
suscripta por el productor, asesor técnico y la aprobación del FFAP acompañada
de toda la documentación detallada en el “Ítem Requisitos”.
b)
Dicha documentación se remitirá
adjunta a un listado en dos copias que contendrá los siguientes datos: Apellido
y nombre o razón social del productor; tipo y número de documento de identidad
o número de CUIT/CUIL en caso de personas jurídicas e importe del crédito.
c)
El FONFIPRO recibirá la documentación mencionada y devolverá conformado
el duplicado del listado de productores para archivo y control del Programa
Forestal Provincial.
Liquidaciones
1.
El FONFIPRO una vez recibida la documentación, instrumentará la Cesión de derechos a favor
del FONFIPRO y efectuará las
liquidaciones indicadas en las respectivas solicitudes y procederá a su pago.
Detalle de Costos para Plantación
LABOR
|
MONTO ($/ha)
|
PREPARACIÓN DE SUELOS
|
|
Rastra de disco-1era
|
460
|
Rastra de disco- 2da
|
385
|
Subsolador
|
825
|
Desmalezadora
|
315
|
Riego (1 jornal)
|
145
|
SUBTOTAL
|
2.130
|
PLANTACIÓN
|
|
Insumos
|
470
|
Mano de Obra (0,6 ha/dia/persona)
|
350
|
Tractorista (1 jornal/2 ha)
|
200
|
Profesional técnico
|
350
|
SUBTOTAL
|
1.370
|
TOTAL
|
3.500
|
Plazo: El mismo se calculará hasta la fecha en que el
beneficiario presente el “Certificado de Obra para Plantación y Actividades
Silvícolas Realizadas”
Instrumentación: Contrato de préstamo y pagaré a la vista a sola firma.
Superficie:
Entre 10 ha y 20 ha .